A)Supuesto de hecho
D.P. interpuso en fecha 2/2/2010 demanda contra D.R. en reclamación de la cantidad de 6.500 €, intereses legales y costas, la cual se sustanció por los trámites del juicio ordinario ante el JPI n.º 4 de Zaragoza.
D.R. fue emplazado por edictos y, ante la incomparecencia del mismo, el secretario judicial dictó resolución declarando su rebeldía, por lo que el proceso continuó su tramitación en su ausencia y, por tanto, sin ser oído en juicio, dictándose Sentencia y publicándose un extracto de la misma igualmente mediante edictos en el Boletín Oficial de Aragón en fecha 23/1/2011, sin que D.R. haya tenido conocimiento alguno del procedimiento, ya que, 30 días antes de ser emplazado, se había trasladado a trabajar a Alemania, tal y como lo demuestra el contrato de trabajo suscrito con la Empresa “Hierros y Aceros SA”, que acredita que estuvo trabajando en la sede de Freiburg de la mencionada Empresa desde el día 1/2/2010 al día 1/2/2011, tiempo durante el que se desarrolló el procedimiento y en el que no regresó en ningún momento a Zaragoza.
De vuelta a su ciudad, D.R. se enteró por un amigo íntimo que en el mencionado Boletín Oficial, se había publicado, en fecha 23/1/2011, la notificación de una Sentencia, la resultante del proceso principal, en la que había sido condenado al pago de las cantidades antes señaladas.
B)Cuestiones
- Si el emplazamiento efectuado por edictos no se hubiere practicado cumpliendo los requisitos y presupuestos legalmente previstos, ¿qué medio de defensa asiste al demandado condenado en rebeldía? ¿De qué plazo dispone para instarlo?
- Presupuesta la legalidad de dicho acto de comunicación procesal, ¿tiene D.R. alguna posibilidad de que se revise la Sentencia firme dictada en su ausencia? ¿Y los demás sujetos que han sido parte en el proceso?
- En nuestro supuesto de hecho, ¿qué órgano sería competente para conocer del denominado “juicio rescindente”? ¿Y para conocer, en su caso, del juicio “rescisorio”?
- Si la Sentencia firme hubiera recaído en un proceso “sumario”, ¿se podría ejercitar una pretensión de rescisión de dicha sentencia? Razone su respuesta.
- ¿Cómo se inicia el proceso de rescisión de la Sentencia firme dictada en ausencia del demandado? ¿De qué plazo dispone D.R. para el ejercicio de la pretensión rescindente? ¿Puede dicho plazo ser susceptible de ampliación?
- Si se estuviera ejecutando la Sentencia que ha adquirido firmeza, ¿puede el órgano judicial, de oficio, acordar la suspensión de la ejecución? Si únicamente pudiera acordarse a instancia de parte, ¿en qué momento procesal ha de solicitarla?
- Estimada la pretensión de rescisión, y una vez contestada la demanda y dado traslado de la misma a las demás partes, ¿qué trámites se seguirán para la continuación del “juicio rescisorio”?
- Si el demandado rebelde, que ha conseguido una resolución estimatoria en el juicio rescindente, renuncia a ser oído, ¿qué consecuencias conlleva dicha inactividad? En este caso, ¿se aplicarán los límites cuantitativos en materia de imposición de costas previstos en el art. 394.3 LEC?
C)Derecho aplicable
- Art. 134.2 LEC Improrrogabilidad de los plazos
- Art. 164 LEC Comunicación edictal
- Art. 228 LEC Incidente excepcional de nulidad de actuaciones
- Art. 394.3 LEC Condena en las costas de la primera instancia
- Art. 496 LEC Declaración de rebeldía y efectos
- Art. 497 LEC Régimen de notificaciones
- Art. 498 LEC Comunicación de la existencia del proceso al demandado rebelde citado o emplazado por edictos
- Art. 499 LEC Comparecencia posterior del demandado
- Art. 500 LEC Ejercicio por el demandado rebelde de los recursos ordinarios
- Art. 501 Rescisión de sentencia firme a instancias del rebelde. Casos en que procede
- Art. 502 LEC Plazos de caducidad de la acción de rescisión
- Art. 503 LEC Exclusión de la rescisión de sentencias sin efectos de cosa juzgada
- Art. 504 LEC Eventual suspensión de la ejecución. Procedimiento de la rescisión
- Art. 505 LEC Sentencia de rescisión
- Art. 506 LEC Costas
- Art. 507 LEC Sustanciación del procedimiento tras la sentencia estimatoria
- Art. 508 LEC Inactividad del demandado y nueva sentencia
- Art. 566 LEC Suspensión, sobreseimiento y reanudación de la ejecución en casos de rescisión y de revisión de sentencia firme
- Art. 240 LOPJ
- Art. 241 LOPJ