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A)Consideraciones previas

El proceso de determinación de la pena exige, en la mayoría de los casos, aplicar la pena superior o inferior en uno o varios grados y/o aplicar la pena en la mitad superior o inferior. Es muy frecuente que estas operaciones se deban realizar varias veces y de forma sucesiva a lo largo del proceso.

Todas las penas del CP se miden por tiempo a excepción de la pena de multa proporcional que se mide por cantidad de dinero.

La unidad temporal es el día salvo la pena de multa por cuotas que tiene como unidad el día multa.

B)Pena inferior y superior en grado

Las penas superior e inferior en grado son marcos penales con sus respectivos límites mínimos y máximos.

Para el cálculo de la pena superior en grado, su límite máximo se obtiene sumándole al límite máximo del marco penal base o de referencia, su mitad. Por su parte, su límite mínimo se obtiene sumándole al límite máximo del marco penal de referencia una unidad que será un día o un día multa, salvo que se trate de multa proporcional cuya unidad es un euro.

Para el cálculo de la pena inferior en grado, su límite máximo se obtiene restándole al límite mínimo del marco de referencia una unidad que será un día o un día multa, salvo que se trate de multa proporcional cuya unidad es un euro. Por su parte, su límite mínimo se obtiene restándole su mitad al límite mínimo del marco penal de referencia.

Para calcular la pena superior o inferior en dos o más grados, se deberá proceder primero al ajuste en un grado y, partiendo del resultado, repetir sucesivamente la operación.

Cómputo e indivisibilidad de las unidades temporales:

  • En el caso de las multas, se considera que los años tienen 360 días y los meses 30 días.
  • Para el resto de penas, los años tienen 365 días y los meses 30 días.
  • Las unidades temporales son indivisibles. La fracción se descontará o se contará como unidad completa según art. 70.2 CP.

C)Pena en su mitad inferior y en su mitad superior

Para calcular la pena en su mitad inferior, el límite mínimo de la mitad inferior coincide con el límite mínimo del marco penal de referencia. El límite máximo de la mitad inferior coincide con el punto intermedio del intervalo entre el límite mínimo y el límite máximo del marco penal de referencia.

Para calcular la pena en su mitad superior, el límite mínimo de la mitad superior se obtiene añadiendo una unidad al punto intermedio del intervalo entre el límite mínimo y el límite máximo del marco penal de referencia. El límite máximo de la mitad superior coincide con el límite máximo del marco penal de referencia.

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