4.1. Concepto y modalidades
Seguimiento: suele designar procedimientos mediante los que un órgano internacional recaba y recoge información sobre las conductas relacionadas con ciertas reglas.
Las modalidades de seguimiento pueden discurrir paralelas a las del control, salvo la carencia apuntada del momento de la valoración jurídica de las conductas. En la práctica, esta no es una diferencia sutil, sino que responde a una opción política delibera dirigida a preservar la libertad de apreciación de los Estados.
4.2. Especial referencia al registro
En el Derecho internacional, la técnica del registro se concreta en un proceso que comprende la notificación de un acto jurídico o de una actividad y su ulterior inscripción o anotación y archivo, seguida de una mayor o menor publicidad.
La utilización más espectacular de esta técnica es el registro de los Tratados internacionales, que se originan en la Sociedad de Naciones al servicio del principio de la diplomacia abierta propugnado por el presidente Wilson.
Junto al registro de Tratados de las Naciones Unidas existen otros de alcance más limitado, como los sectoriales de la Organización Internacional del Trabajo y de la Organización de la Aviación Civil Internacional.