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7.1. Poderes y funciones

Se acostumbra a diferenciar entre los poderes y funciones del Presidente de la República según se trate de un sistema presidencialista o parlamentario.

A) Sistema parlamentario

El Presidente de la República en un sistema parlamentario neto tiene una posición institucional similar a la del monarca parlamentario: le están referidas muchas funciones estatales pero su ejercicio efectivo está vaciado de contenido por la existencia de un Gobierno parlamentariamente responsable.

  1. El Presidente de la República nombra al Presidente del Gobierno y, a propuesta de éste, a los ministros. Igualmente formaliza su cese. Pero en uno y otro caso, su poder está condicionado por la relación de fuerzas en el Parlamento y por los procedimientos de exigencia de responsabilidad política del Gobierno.
  2. En relación con el Parlamento, es frecuente que le esté atribuida su disolución así como la sanción y promulgación de las leyes.
  3. La política exterior es dirigida por el Gobierno. Aunque al Presidente le corresponda recibir y acreditar embajadores, ratificar tratados e incluso declarar la guerra y firmar la paz.

B) Sistema presidencial

El Jefe del Estado de una república presidencialista tiene la posición de líder de la nación y es tan representativo de la voluntad popular como el Parlamento, pero con la ventaja de su condición unipersonal.

  1. El Presidente de los Estados Unidos de América, dice la Constitución, es el titular del poder ejecutivo, con la principalísima función de dirección política, sin por ello haber abandonado la dirección de la Administración, que también le concierne.
  2. Protagoniza la política exterior.
  3. Es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas.
  4. Dirige mensajes al Congreso, los cuales no equivalen a iniciativas legislativas pero ejercen gran influencia en la adopción de iniciativas propiamente parlamentarias.
  5. Finalmente, puede oponer un veto suspensivo a las leyes del Congreso, que ha de ser motivado.

7.2. Responsabilidad

La irresponsabilidad de la Jefatura del Estado no es privilegio de los reyes. También los presidentes republicanos son políticamente irresponsables, pero les alcanza la responsabilidad penal por cierto tipo de delitos, lo que está excluido en las monarquías.

En las repúblicas parlamentarias la irresponsabilidad del Jefe del Estado se corresponde con la institución del refrendo. En las repúblicas presidencialistas responde a la severa separación de poderes constitucionalmente establecida.

Por lo demás, es difícil que se den las circunstancias y condiciones para el procesamiento criminal de un Jefe de Estado. Lo más normal y pragmático es la presión para que dimita sin ulterior proceso, con lo que la responsabilidad penal se resuelve en una atípica responsabilidad política.

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