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Acto del Gobierno mediante el cual se pone fin anticipado al mandato del Parlamento y se convocan nuevas elecciones. La Constitución de Estados Unidos no reconoce la facultad de disolución gubernamental del Parlamento. Otras atribuyen esta facultad al Jefe del Estado (V República Francesa). Otras como la del Reino Unido, Italia, Alemania y España atribuyen esta facultad al Primer Ministro o Presidente del Gobierno.

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