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Hay que partir de un entendimiento unitario de dicha fórmula. Ni es sólo Estado de Derecho, ni sólo Estado social, ni sólo democracia, sino que cada uno de esos enunciados condiciona y nutre a los demás. La fórmula es compleja y en la reciprocidad de sus elementos debe ser entendida.

Dicha reciprocidad es considerada por muchos como incompatible, principalmente porque el Estado social puede trastocar las líneas maestras de un Estado de Derecho y de una democracia entendidos al modo liberal. Esta crítica contiene una lícita existencia, a saber: que cualquier intervención de los poderes públicos en la esfera social y económica ha de hacerse con respeto de los controles y de los procedimientos jurídicos.

El Estado social y democrático de Derecho representa un estadio en el que, a la vieja aspiración de la limitación jurídica del poder se le une la de que, sin embargo, ese poder actúe e incida en la sociedad para remodelarla, lo que sólo puede hacer lícitamente ese poder si está legitimado democráticamente, si respeta los procedimientos jurídicos, si garantiza los derechos y libertades, si es responsable de su actuación y si no bloquea los mecanismos de reversibilidad de sus opciones políticas.

La plenitud del Estado social y democrático de Derecho consiste en un sistema de solidaridad nacional gestionado por los poderes públicos con participación ciudadana efectiva y con respeto a la primacía del Derecho y de los derechos.

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