Del Tribunal Constitucional cabe subrayar los siguientes caracteres esenciales:
- Es un órgano jurisdiccional.
- Se trata de un tribunal especial, situado al margen de los órganos del Poder judicial.
- Como tribunal de justicia no puede actuar de oficio. Ha de limitarse a entender de los casos que se le susciten por una parte dotada de legitimación activa al efecto.
- Del carácter propio del TC deriva el de las sentencias que emanan del mismo.